Notificaciones por Estrados de la Unidad de Transparencia
Artículo 126. Cuando el particular presente su solicitud por medios electrónicos a través de la Plataforma Nacional, se entenderá que acepta que las notificaciones le sean efectuadas por dicho sistema, salvo que señale un medio distinto para efectos de las notificaciones.
En el caso de solicitudes recibidas en otros medios, en las que los solicitantes no proporcionen un domicilio o medio para recibir la información o, en su defecto, no haya sido posible practicar la notificación, se notificará por estrados en la oficina de la Unidad de Transparencia.
Asunto |
No. de Folio de la Solicitud |
RRA |
Anexos |
Respuesta |
330000421000015 |
RRA 11703/21 |
Documento XLSX |
Respuesta |
330000422000116 |
RRA 149/2022 |
Documento PDF |